Es momento de actualizar las conexiones de Internet en tu edificio. Si resides en un área con edificaciones antiguas, probablemente conozcas esta situación: sistemas obsoletos, instalaciones complejas y la resistencia de algunos vecinos. Surge la inquietud: ¿qué sucede si un propietario se opone a la instalación?
La normativa es clara, aunque eso no evita tensiones. Desde hace más de diez años, la ley es estricta en este aspecto y deja poco margen para la interpretación, lo cual es crucial para evitar conflictos recurrentes en comunidades de todo el país. La cuestión ahora es: ¿puede un vecino negarse?
Lo que dice la ley

Instalación de fibra óptica
La respuesta es sencilla: un vecino no puede oponerse a la instalación de fibra óptica. La Ley General de Telecomunicaciones, tanto en su versión de 2014 como en la actualización de 2022, es clara al respecto en el artículo 55.5.
“Los operadores tendrán derecho, en los términos de este capítulo, a la ocupación de la propiedad privada cuando resulte estrictamente necesario para la instalación de la red, en la medida prevista en el proyecto técnico presentado y siempre que no existan otras alternativas técnica o económicamente viables”.
Bajo esta normativa, está claro que cualquier propietario tiene derecho a solicitar la instalación y ningún propietario puede oponerse. La clave es que la fachada es considerada un espacio común, no privado, lo que significa que ningún vecino puede impedir su uso para instalaciones de este tipo. Sin embargo, esto debe ser el último recurso.
El uso de la fachada debe ser la última opción; los operadores están obligados a intentar utilizar primero las canalizaciones internas o subterráneas del edificio. Solo si estas alternativas no existen, están saturadas o no pueden ser usadas por razones técnicas o económicas, se recurrirá a la instalación exterior.
¿Siempre se puede optar por esta alternativa? No necesariamente, ya que existe una excepción para el uso de la fachada: si el edificio está protegido por su valor histórico-artístico o si la instalación puede afectar la seguridad pública, entonces no se puede modificar esa área. Fuera de estos casos, la instalación debe permitirse.
No se necesita permiso de la comunidad

El derecho a instalar fibra está respaldado por la ley; basta con que un solo vecino lo solicite. No se requiere autorización de la comunidad ni permiso municipal. Lo único a tener en cuenta es informar a la comunidad y presentar una declaración responsable antes de comenzar los trabajos.
¿Qué hacer si un vecino se niega?
Lo ideal es dialogar y buscar el entendimiento. Si alguien sigue bloqueando la instalación, es esencial recordarle que estaría infringiendo la ley. Asimismo, si la situación no mejora, el último recurso sería presentar una denuncia.
Si el operador se niega a instalar, la situación cambia. En ese caso, puedes presentar una reclamación ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones, mencionando que el operador está desestimando tu solicitud sin una razón válida. Esta negativa puede ocurrir por motivos económicos, como un bajo interés de clientes o una instalación complicada, lo que podría llevar al operador a optar por no desplegar la red y dejar al usuario sin respuesta.
El operador debe minimizar las molestias. Durante la instalación, los técnicos pueden necesitar acceder a áreas privadas, pero este acceso está regulado. La ley obliga a los operadores a ser cuidadosos y a causar la menor interrupción posible.
En viviendas unifamiliares, el escenario es diferente. En un bloque, un vecino debe permitir la instalación necesaria para brindar servicio, pero en una casa unifamiliar, al ser propiedad independiente, se requiere obtener permiso explícito del propietario si es necesario ingresar en la propiedad o en el interior.






























